Leyes sobre el aborto en México


Reformas constitucionales que protegen la vida desde la concepción/fecundación, 2008-2009
Descargar cuadro detallado (texto, votación por partido, fecha de publicación) en PDF (actualizado al 8 /julio /2010)

Datos al 8 de julio de 2010
No. de Estados que han APROBADO* reformas: 16
(Baja California, Campeche, Chiapas, Colima, Durango, Guanajuato, Jalisco, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sonora, Yucatán)

No. de Estados que han PUBLICADO las reformas en Periódicos o Gacetas Oficiales: 15
(Baja California, Campeche, Colima, Durango, Guanajuato, Jalisco, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sonora, Yucatán)


*Chihuahua reformó su constitución en octubre de 1994. No se contabiliza dentro del conjunto de reformas para el periodo 2008-2009*
Amparos presentados por grupos de mujeres en contra de las reformas constitucionales que protegen la vida desde el momento de la fecundación por entidad federativa
Campeche(octubre 2009)
Colima (mayo 2009)
Guanajuato (julio 2009)
 
Puebla (julio 2009)
 
Quintana Roo (junio 2009)
 
San Luis Potosí (octubre 2009)
   
Sonora (mayo 2009)
Yucatán (septiembre 2009)
         
 
DEFENSA CONTRA LA LEY ANTIABORTO DE GUANAJUATO

En un hecho histórico, el 8 de julio de 2009, el cabildo de Uriangato, Guanajuato, impugnó -mediante una Controversia Constitucional- la reforma al artículo 1o. de la Constitución del Estado de Guanajuato que reconoce a la "persona" desde el momento de la concepción vigente desde el 29 de mayo de 2009.

Se espera la resolución de la Suprema Corte de Justicia
Consutar la nota de La Jornada.
 
     
Iniciativas para proteger la vida desde el momento de la concepción /fecundación
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(actualizado al 15 de febrero del 2010)
   
 
El aborto en los Códigos Penales y de Procedimientos Penales en los estados de la República Mexicana : cuadro comparativo y texto de los artículos

Actualización en Códigos Penales: 25 de marzo de 2010


En México, el aborto es legal en determinadas circunstancias. Sin embargo, si una mujer queda encinta y decide interrumpir su embarazo, se ve obligada a practicarse un aborto en la clandestinidad. Algunas pueden acudir a servicios higiénicos y seguros. La mayoría, sin embargo, pone en riesgo su salud y hasta su vida, porque carece de recursos para recibir atención adecuada.

A pesar de todo, la prohibición del aborto en México no se cumple, pues no se persigue a las mujeres que se practican abortos de manera ilegal.


El aborto no se considera delito o no se sanciona, cuando:

1)
el embarazo es resultado de una violación.
2)
el aborto es provocado accidentalmente (o, como dice la ley, de manera "imprudencial" o por "conducta culposa").
3)
el embarazo pone en riesgo la vida de la mujer.
4)
el producto tiene malformaciones graves.
5)
de continuar con el embarazo se provocaría un grave daño a la salud de la mujer.
6)
el embarazo es producto de una inseminación artificial no consentida, y
7)
la mujer vive en situación de pobreza y tiene al menos tres hijos.
8) se realiza dentro de las primeras doce semanas de gestación.

De estas ocho razones sólo la primera (por violación) es válida en todo el territorio nacional. Treinta estados contemplan el aborto imprudencial y veintinueve cuando el embarazo pone en riesgo la vida de la mujer. Así, la constante legislativa en nuestro país es no castigar el aborto por violación, imprudencial y por peligro de muerte de la mujer. El resto de las causas de aborto no punible varía de un estado a otro (ver la tabla ilustrativa).

Las leyes de aborto de la mayor parte del país datan de los años treinta del siglo XX, y sólo la mitad o una tercera parte han vuelto a revisarse desde entonces. Nuestras leyes se encuentran a la zaga de las del resto del mundo en esta materia.

En muchos países está permitido abortar por razones socioeconómicas; en México, sólo en Yucatán está permitido por esta razón. Actualmente, 61% de la población mundial vive en países donde se permite el aborto por una amplia gama de razones, incluso por la sola voluntad de la mujer.* En México, sólo el Distrito Federal permite el aborto voluntario —tras una decisión histórica de la Asamblea Legislativa, el 24 de abril de 2007.

*Fuente: Center for Reproductive Rights, Publicaciones en español, Nueva York, mayo 2007. [Hojas Informativas].

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